• REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL

Consulta Publicidad Concursal

Edicto Concursal

Fecha de publicación Friday, January 24, 2025
Fecha de emisión Saturday, February 15, 2025
Nombre:
EL CATALAGO DEL COMIC S.L.
NIF:
B60977527
Núm. Registral:
- - -
Dirección:
- - -
Municipio:
Barcelona
Provincia:
- - -
CP:
- - -
País:
ES
Correo Electrónico:
- - -
Juzgado:
Mercantil - 12
Dirección:
- - -
Municipio:
Barcelona
Provincia:
BARCELONA
CP:
- - -
País:
ES
Correo Electrónico:
- - -
Juez:
María Isabel López Montañez
Fecha resolución:
23-01-2025
Número procedimiento concursal:
71/2025
NIG:
- - -
Tipo resolución:
Auto de declaración de concurso
Tipo concurso:
- - -
Tipo procedimiento:
- - -
Concurso con masa
Jurisdicción:
España
Limitación Facultades Administración:
Se Suspenden
Fecha Impugnación:
"EL PLAZO PARA INTERPONER RECURSO DE REPOSICIÓN SERÁ DE 5 DÍAS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO A LAS PARTES (ARTS. 33 Y 546 TRLC, Y ART. 452 LEC)"
Fecha Límite Presentación Créditos:
"EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE CRÉDITOS SERÁ DE UN MES A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (ART. 28.1.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL)"
Contenido Edicto
Declara concurso con apertura de liquidación

Advertencia:

Se advierte que los datos y documentos que se tratan y publican en este portal, han sido publicados directamente por los Juzgados de lo Mercantil, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios, Administradores Concursales, Cámaras de Comercio y por los registros públicos de personas en los que se realicen los asientos previstos en la Ley Concursal.

El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España presta sus servicios tecnológicos para la correcta gestión del portal, no aportando ni modificando datos ni documentos en ningún momento, siendo la finalidad y uso de los datos incorporados al Registro Público Concursal los previstos en la Ley Concursal y resto de normativa aplicable, sin que puedan emplearse para un fin distinto , por tanto, NO PUEDE GARANTIZAR LA INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA ya que ésta depende del cumplimiento de las obligaciones de terceros ajenos al Colegio de Registradores.

Por todo lo anterior, en caso de encontrar alguna discrepancia en la información publicada, o no se encontrase información que legal o reglamentariamente debiera estar publicada, rogamos se dirijan a quien remitió o debió remitir la información al Registro Público Concursal (en su caso, a los Juzgados de lo Mercantil, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios y los registros públicos de personas en los que se realicen los asientos previstos en la Ley Concursal).