Consulta Publicidad Concursal
Rellene por favor los criterios de búsqueda del formulario.
Advertencia:
Se informa de que los datos y documentos publicados en este portal han sido remitidos directamente por los órganos judiciales competentes, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios, Administradores Concursales, Cámaras de Comercio y registros públicos de personas en los que se practican los asientos previstos en la legislación concursal.
El Colegio de Registradores actúa exclusivamente como prestador de servicios tecnológicos para la gestión del portal, sin intervenir en la elaboración, verificación o modificación de la información incorporada al Registro Público Concursal. En consecuencia, no garantiza la exactitud, integridad o actualización de la información, al depender esta de su remisión por terceros ajenos al mismo.
En caso de discrepancia en la información publicada o de ausencia de datos que deberían estar incorporados de acuerdo con la normativa aplicable, se ruega dirigirse directamente al órgano judicial o a la entidad u órgano responsable de su remisión.
Ha de tenerse en cuenta que pueden haberse suprimido los datos de carácter personal obrantes en el Registro Público Concursal, en el supuesto en que se hubiesen cumplido los requisitos y plazos previstos en el artículo 6 del Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal. De darse este supuesto, la información ya no figuraría publicada.
El uso de los datos incorporados a este Registro queda circunscrito a las finalidades previstas en la legislación concursal y demás normativa aplicable, quedando prohibido su uso para fines distintos de los legalmente estipulados.
Los usuarios del servicio de consulta de publicidad concursal quedan informados de que el Registro Público Concursal no constituye en ningún caso un registro de morosos ni prejuzga la situación de insolvencia de una persona. La información contenida en el mismo debe interpretarse adecuadamente a fin de conocer la situación real de la persona física o jurídica que se encuentre o se haya encontrado inmersa en un procedimiento concursal o preconcursal.
Advertencia:
Se advierte de que los datos y documentos que se tratan y publican en este portal, han sido publicados directamente por los Juzgados de lo Mercantil, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios, Administradores Concursales, Cámaras de Comercio y por los registros públicos de personas en los que se realizan los asientos previstos en la legislación concursal.
El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España presta sus servicios tecnológicos para la correcta gestión del portal, no aportando ni modificando datos ni documentos en ningún momento, siendo la finalidad y uso de los datos incorporados al Registro Público Concursal los previstos en la legislación concursal y resto de normativa aplicable, sin que puedan emplearse para un fin distinto, por tanto, NO PUEDE GARANTIZAR LA INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA ya que esta depende del cumplimiento de las obligaciones de terceros ajenos al Colegio de Registradores.
En mérito de lo anterior, en caso de encontrar alguna discrepancia en la información publicada o no se encontrase información que legal o reglamentariamente debiera estar publicada, rogamos se dirijan a quien remitió o debió remitir la información al Registro Público Concursal (en su caso, a los Juzgados de lo Mercantil, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios y los registros públicos de personas en los que se realizan los asientos previstos en la legislación concursal).
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Por todo lo anterior, en caso de encontrar alguna discrepancia en la información publicada, o no se encontrase información que legal o reglamentariamente debiera estar publicada, rogamos se dirijan a quien remitió o debió remitir la información al Registro Público Concursal (en su caso, a los Juzgados de lo Mercantil, Procuradores, Registradores Mercantiles, Notarios y los registros públicos de personas en los que se realicen los asientos previstos en la Ley Concursal).