• REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL

Lea cuidadosamente este documento. El mismo constituye el Aviso Legal que establece las condiciones de uso y regula el acceso, navegación y utilización del Registro Público Concursal ubicado en la URL www.publicidadconcursal.es (en adelante, "RPC"). 

El acceso, navegación y consulta del RPC atribuye al visitante la condición de usuario (en lo sucesivo, "Usuario"), implicando la aceptación expresa y sin reservas de todos los términos del presente Aviso Legal, teniendo la misma validez y eficacia que cualquier contrato celebrado por escrito y firmado. 

Su observancia y cumplimiento serán exigibles respecto de cualquier persona que acceda, navegue o haga uso de los servicios del RPC. Si usted no está de acuerdo con los términos expuestos, no acceda, navegue o utilice los servicios del RPC. 

  

I. IDENTIFICACIÓN

  • Titular del sitio Web: Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (en adelante, “CORPME”)  

  • NIF: Q2863012G 

  • Sede colegial: Calle del Príncipe de Vergara 70, 28006 – Madrid 

El CORPME es una Corporación de Derecho público amparada por la ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, que goza de autonomía para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentran la coordinación del ejercicio de la actividad profesional de los Registradores que actúan en todo el Estado, garantizando el correcto ejercicio de sus funciones, así como todas aquellas funciones que le encomiendan las leyes. Como Corporación encargada de velar por el buen funcionamiento de la función pública registral, el Colegio queda subordinado jerárquicamente al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. 

  

II. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 

El Registro Público Concursal es un instrumento técnico que tiene por objeto asegurar la difusión y publicidad de las resoluciones procesales dictadas al amparo de la normativa en materia concursal que se dicten en los concursos de acreedores declarados en España o que hayan de producir efectos en España, sobre las comunicaciones de apertura de negociaciones, las homologaciones judiciales de los planes de reestructuración y de la información existente sobre liquidaciones y ventas de activos y unidades productivas, así como de los asientos registrales derivados del proceso concursal y los mecanismos de coordinación entre los diversos registros públicos en los que deban constar la declaración del concurso y sus vicisitudes. 

El Registro Público Concursal depende del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, a la que corresponde dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico y técnico den soporte a la actividad del Registro.

El acceso a la información publicada en el RPC es público, gratuito y permanente, sin que requiera justificar o manifestar interés legítimo alguno, salvo en los casos en que la normativa concursal contemple el acceso restringido a determinada información.

Las funciones y el funcionamiento del Registro Público Concursal se definen y regulan por la normativa concursal y, específicamente por: 

  • El Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal (en adelante, “TRLC”). 

  • El artículo 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (en vigor hasta la aprobación del reglamento a que se refiere la disposición transitoria segunda de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, en la redacción anterior a la entrada en vigor de dicha Ley 17/2014, según establece la Disposición transitoria única del TRLC). 

  • El Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal (en lo sucesivo, “RD 892/2013”). 

El CORPME tiene encomendada la gestión material del servicio de publicidad de las resoluciones concursales, a través de un portal en Internet, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2, apartados 1 y 3 del RD 892/2013. 

El presente Aviso Legal en unión de la citada normativa, regula el acceso al RPC y a los servicios que en el mismo se prestan. En caso de contradicción, siempre y en todo caso, prevalecerá la normativa concursal. Las modificaciones de los términos y condiciones del presente Aviso Legal serán publicadas en la misma forma en que aparece éste o a través de cualquier tipo de comunicación dirigida a los Usuarios. El acceso, navegación y utilización del RPC tras la entrada en vigor de las modificaciones o cambios suponen su aceptación. 

El RPC se estructura en tres secciones: 

  1. Sección primera, de edictos concursales. 

  2. Sección segunda, de publicidad registral. 

  3. Sección tercera, de acuerdos extrajudiciales. 

El RPC permite, además, consultar la información relativa a las empresas en fase de liquidación concursal, a través del Portal de Liquidaciones Concursales, donde se publican las ofertas de adquisición de unidades productivas, así como la información necesaria para facilitar la enajenación del conjunto de los establecimientos y explotaciones, de las unidades productivas y/o de la masa activa.

A través de la sede electrónica del RPC se accede a un catálogo de servicios electrónicos (en adelante, los “Servicios”) que incluyen: 

  • La consulta y descarga de publicidad concursal. 

  • La presentación telemática de documentos para su publicación en el RPC. 

  • La consulta del Portal de liquidaciones concursales. 

  • La solicitud de ejercicio de derechos de protección de datos sobre información publicada en el RPC.

El acceso a los Servicios podrá requerir la identificación previa y/o la firma electrónica de trámites o documentos, que deberá realizarse mediante alguno de los sistemas previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, el servicio de presentación telemática requerirá la cumplimentación de un procedimiento de suscripción o alta como usuario del concreto Servicio. El acceso a algunos de los Servicios tiene carácter universal mientras que otros, como la consulta de determinada información, tiene acceso restringido a aquellas personas que la normativa concursal dispone.

A. La consulta y descarga de publicidad concursal.

Servicio a través del cual el Usuario podrá consultar la publicidad concursal publicada en las distintas secciones del RPC, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del RD 892/2013, así como la publicada en el Portal de liquidaciones concursales, conforme a lo previsto en los artículos 415 bis y 224 bis.9 del TRLC. 

B. La presentación telemática de documentos para su publicación.

El acceso al servicio de Presentación Telemática del RPC requiere el alta previa mediante el procedimiento definido al efecto, sobre el que podrá recabar información en la sección Ayuda del sitio Web. Solo podrán acceder a este servicio las personas que legal o reglamentariamente se encuentren legitimadas en ejercicio de sus funciones para la presentación de documentos en el RPC. 

El Usuario responderá en exclusiva de la veracidad de la información y la documentación aportadas durante el proceso de alta. El Usuario podrá gestionar otros usuarios autorizados que dependerán de su usuario principal y estarán autorizados para hacer uso de los Servicios del RPC y publicar documentos. El Usuario responderá en todo caso de la actividad desarrollada por los usuarios autorizados.

Una vez el Usuario ha sido creado, el acceso al Servicio se realiza previa identificación mediante certificado digital. El Usuario habilitado legalmente para la publicación de documentos, es el único responsable de cuanta información y documentos publique. Los documentos e información publicados deberán corresponderse en todo caso con aquellos cuya publicación en el RPC se contempla por la normativa concursal. EL CORPME no verificará en ningún caso la información publicada por el Usuario.

C. La solicitud de ejercicio de derechos de protección de datos sobre información publicada en el RPC.

Servicio a través del cual las personas interesadas podrán solicitar el ejercicio de los derechos de protección de datos sobre sus datos personales publicados en el RPC, conforme a lo establecido en la Política de privacidad

  

III. RESPONSABILIDADES Y GARANTÍAS

La integridad de la información del RPC depende del correcto cumplimiento de sus obligaciones por parte de quien deba legal o reglamentariamente instar las publicaciones, por tanto, el CORPME no será responsable de las omisiones o errores en su contenido resultado de la falta de remisión o remisión incorrecta de los datos por parte de quienes tuvieran obligación de realizar o solicitar la publicación. 

El CORPME actúa exclusivamente como prestador de servicios tecnológicos para la gestión del portal, sin intervenir en la elaboración, verificación o modificación de la información incorporada al RPC. En consecuencia, no garantiza la exactitud, integridad o actualización de la información, al depender esta de su remisión por terceros ajenos al mismo. 

En caso de discrepancia en la información publicada o de ausencia de datos que deberían estar incorporados de acuerdo con la normativa aplicable, los Usuarios y/o personas interesadas deberán dirigirse directamente al órgano judicial o a la entidad u órgano responsable de su remisión. 

El uso de los datos incorporados al RPC queda circunscrito a las finalidades previstas en la legislación concursal y demás normativa aplicable, quedando prohibido su uso para fines distintos de los legalmente estipulados.

 

IV. REGLAS DE USO

No está permitido y, por tanto, las consecuencias serán exclusiva responsabilidad del Usuario, el acceso o la utilización del RPC con fines ilegales o no autorizados, con o sin finalidad económica. En particular, y sin que el siguiente listado tenga carácter absoluto, ni limitativo, queda prohibido: 

  1. Usar el RPC en forma alguna que pueda provocar daños, interrupciones, ineficiencias o defectos en su funcionamiento o en el ordenador de un tercero; 

  1. Usar el RPC para la transmisión, instalación o publicación de cualquier virus, código malicioso u otros programas o archivos perjudiciales; 

  1. Usar el RPC de manera que constituya una vulneración de los derechos de CORPME o de cualquier tercero; 

  1. Usar el RPC para transmitir o publicar cualquier material de carácter difamatorio, ofensivo, racista, vulgar, denigrante, pornográfico, o de naturaleza obscena o amenazadora o que pueda causar molestia a cualquier persona; 

  1. Usar el RPC de forma ilegal, en contra de la buena fe, la moral y el orden público; 

  1. Realizar cualquier tipo de actuación, como indexaciones o robotizaciones del sitio Web del RPC, con el fin de recuperar automáticamente los datos contenidos en el mismo; 

  1. Acceder o interactuar con el RPC con una identidad falsa, suplantando a terceros, utilizando un perfil o realizando cualquier otra acción que pueda dar lugar a confusión sobre la identidad del origen de un mensaje; 

  1. Acceder sin autorización a cualquier sección del RPC, a otros sistemas o redes conectados a éste, a cualquier servidor de CORPME, por medio de pirateo o falsificación, extracción de contraseñas o cualquier otro medio ilegítimo; 

  1. Quebrantar, o intentar quebrantar, las medidas de seguridad o autenticación del RPC o de cualquier red conectada al mismo, o las medidas de seguridad o protección inherentes a los contenidos alojados en el RPC; 

  1. Llevar a cabo alguna acción que provoque una saturación desproporcionada o innecesaria en la infraestructura del RPC o en los sistemas o redes de CORPME, así como en los sistemas y redes conectados al RPC; y 

  1. Introducir datos que sean manifiestamente falsos, siendo o no el Usuario conocedor de dicha circunstancia.

El incumplimiento de cualquiera de las anteriores obligaciones por el Usuario podrá llevar aparejada la adopción por el CORPME de las medidas oportunas amparadas en Derecho y en el ejercicio de sus derechos u obligaciones, pudiendo llegar a la denegación de acceso o la eliminación o bloqueo de la cuenta del Usuario infractor, sin que medie posibilidad de indemnización alguna por los daños y perjuicios causados. 

El CORPME se reserva el derecho a retirar todos aquellos contenidos, aportaciones o comentarios que sean contrarios a la ley, la moral y el orden público, siendo a título enunciativo, pero no limitativo, aquéllos que vulneren la dignidad de la persona, discriminatorios, racistas, xenófobos, que sean contrarios a la juventud o la infancia, pornográficos o que atenten contra la seguridad pública.

 

V. ATENCIÓN AL USUARIO

El CORPME, como responsable del RPC y encargado de facilitar el acceso a los Servicios ofrecidos en el mismo, pone a disposición de los Usuarios un servicio de atención al usuario, disponible de lunes a viernes, en horario de 08:30 a 18:00 horas, en el que se brindará debida atención a las consultas planteadas en relación con el acceso y uso de cualquiera de los Servicios. 

Las vías de contacto con el servicio de atención al usuario son: 

Correo electrónico: soporte@registropublicoconcursal.org 
Teléfono: 912 701 690 

El CORPME dará respuesta a las consultas recibidas en el plazo más breve posible.

  

VI. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL SOBRE EL RPC Y SUS CONTENIDOS

El CORPME es titular o, en su caso, cuenta con la habilitación necesaria sobre los derechos de explotación de propiedad intelectual e industrial del RPC, así como de todos los contenidos ofrecidos en el mismo, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, la propia plataforma, textos, fotografías o ilustraciones, logos, marcas, grafismos, diseños, interfaces, o cualquier otra información o contenido y los servicios disponibles en el mismo. 

Las referencias a marcas o nombres comerciales registrados, u otros signos distintivos, ya sean titularidad del CORPME o de terceros, llevan implícita la prohibición sobre su uso sin el consentimiento del CORPME o de sus legítimos titulares. En ningún momento, salvo manifestación expresa y por escrito en contrario por parte del CORPME, el acceso, navegación o utilización del RPC o de sus contenidos confiere al Usuario derecho alguno sobre signos distintivos en él incluidos. 

Quedan reservados todos los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre los Contenidos del sitio Web y, en particular, queda prohibido modificar, copiar, reproducir, comunicar públicamente, poner a disposición, transformar o distribuir, por cualquier medio y bajo cualquier forma, la totalidad o parte de los contenidos incluidos en el mismo, para propósitos públicos o comerciales, si no se cuenta con autorización previa, expresa y por escrito del CORPME o, en su caso, del titular de los derechos correspondientes. 

Asimismo, queda prohibido suprimir o manipular las indicaciones de copyright u otros créditos que identifiquen a los titulares de derechos de los contenidos del RPC, así como los dispositivos técnicos de protección, las huellas digitales, o cualquier mecanismo de protección o información incorporada a los mismos.

 

VII. PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales contenidos en el RPC se recopilan y publican únicamente para los fines previstos en la legislación concursal y demás normativa aplicable. Queda expresamente prohibida su reutilización, tratamiento ulterior, cesión a terceros o utilización para fines distintos a los indicados. El incumplimiento de esta prohibición será responsabilidad exclusiva de quien la contravenga. 

Los datos de carácter personal facilitados durante la utilización del RPC, así como los publicados en el mismo, serán tratados de conformidad con lo dispuesto en la Política de privacidad del RPC. 

  

Última actualización: junio 2026. 

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